Esto
me ha pasado siempre, incluso en hechos tan espantosos como la desaparición de
la adolescente Marta del Castillo o de los niños Ruth y José Bretón, cuando
casi todos muestran una certeza absoluta sobre los autores de los hechos pero en
los que las pruebas que se aportan me parecen más circunstanciales que definitorias.
En
aquel post de 2009 recordaba el caso de James Bain, condenado por violación, pero que 35 años después se demostró su inocencia gracias al ADN. Hoy traigo a
colación el tema por la noticia publicada por elmundo.es sobre el caso de
Ismael M.T.
Según
la noticia publicada, Ismael “reconoció en el juicio que a las
3.15 horas de la madrugada del 22 de noviembre de 2010 rompió el cristal de un
coche detenido en un semáforo de la calle Albañiles de Sevilla y amenazó con un cuchillo de grandes dimensiones a las dos mujeres
que lo ocupaban”. Por su parte, las víctimas “reconocieron
al condenado, primero mediante fotografías y luego en rueda de
identificación, según recuerda el TS.”
El
caso estaba claro: había habido un delito, se había identificado fuera de toda
duda al culpable, y éste incluso había admitido su culpabilidad en el juicio.
Estoy seguro que las dos mujeres se sentirían muy tranquilizadas tras la
sentencia, y la mayoría de las personas que tuvieron noticias del hecho se
sentirían más confiadas sabiendo que Ismael no volvería a delinquir durante una
temporada.
La
sorpresa viene cuando el Tribunal Supremo anula la condena, ya que “las pruebas
definitivas de ADN demostraron que la sangre hallada en el lugar del
robo no pertenecía a Ismael,
que ninguna otra persona había sangrado en el coche y además la Policía
identificó con dicho ADN a un nuevo imputado, Carlos G.R., contra quien se han
abierto nuevas diligencias.”
Es decir, las víctimas había convertido en víctima a un delincuente inocente, mientras el verdadero autor de los hechos seguía delinquiendo libremente. Alguno
podría alegar que Ismael era de todas formas un delincuente y que sin duda
merecía pasar un tiempo en la cárcel.
Pero
el hecho es que si con una identificación del supuesto culpable por parte de
las víctimas y el reconocimiento de culpabilidad del supuesto criminal el tribunal
falló injustamente, ¿qué certeza moral podemos tener ante casos mucho más
complejos, donde no existen pruebas periciales claras y cuya secuencia temporal
está llena de dudas razonables?
Las
víctimas necesitan consuelo y reparación, de eso no hay duda. Pero ¿es lícito
ofrecer como sacrificio a un culpable cualquiera en vez al verdadero culpable?
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